miércoles, 11 de julio de 2012

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO

El borrador del memorando de entendimiento, el contrato que firmará España el próximo 20 de julio para poder acceder al rescate de hasta 100.000 millones de euros para respaldar a la banca, establece 32 condiciones que el Gobierno deberá cumplir en las fechas marcadas para recibir el dinero que solicite. 
 El proceso comienza con la identificación de las necesidades precisas de capital de cada una de las entidades financieras, fija condiciones tanto para el sector financiero como para el conjunto del país y está sometido a un control exhaustivo por parte de las autoridades europeas. ESTAN SON LAS CLAVES DE ESE CONTRATO 
¿Cuáles son las 32 condiciones que impone Bruselas? 
 1. Proveer los datos necesarios para monitorizar el global del sector bancario y de los bancos según su naturaleza o condición sistémica. Fecha: Regularmente a lo largo de todo el programa, empezando a finales de julio. 
 2. Preparar planes de reestructuración o resolución con la Comisión Europea para las entidades bancarias del denominado Grupo I, para concluirlos en base a la segunda auditoría y permitir que Bruselas los apruebe en noviembre. Fecha: desde julio de 2012 a mediados de agosto de 2012 
 3. Finalizar la propuesta para la mejora y armonización del sector bancario en áreas clave como créditos reestructurados o concentración sectorial. Fecha: finales de julio de 2012 
 4. Proporcionar la información requerida para los 'test de estrés' de las consultoras, incluyendo los resultados de la revisión de la calidad de los activos. Fecha: finales de agosto de 2012 
 5. España deberá disponer de una legislación que garantice, si fuese necesario, la asunción de pérdidas por parte de los inversores de deuda subordinada, es decir, los propietarios de acciones preferentes. Fecha: finales de agosto de 2012 
 6. Reforzar el actual marco de resolución bancaria. Reforzar las competencias de resolución del FROB y el Fondo de Garantía de Depósitos. Fecha: finales de agosto de 2012 
 7. Preparar un plan integral y un marco legislativo para la creación y el funcionamiento del 'banco malo'. Fecha: finales de agosto de 2012 
8. Completar los 'test de estrés', banco a banco. Fecha: segunda quincena de septiembre de 2012 
 9. Finalizar una propuesta de reglamentación para mejorar la transparencia del sector financiero. Fecha: finales de septiembre de 2012 
 10. Los bancos con déficit de capital significativo llevarán a cabo un proceso para forzar la asunción de pérdidas por parte de los inversores de deuda subordinada, es decir, los propietarios de acciones preferentes. Fecha: Antes de las inyecciones de capital entre octubre y diciembre de 2012. 
 11. Los bancos elaborarán sus planes de recapitalización para indicar cómo cubrirán sus déficits de capital. Fecha: A principios de octubre de 2012 
 12. Presentar los planes de restructuración o resolución a Bruselas de las entidades que forman el Grupo 2. Fecha: octubre 2012 
 13. Identificar las posibilidades de mejora en las áreas en las que el Banco de España puede emitir directrices vinculantes o interpretaciones. Fecha: finales de octubre de 2012. 
 14. Llevar a cabo una revisión interna de los procesos de supervisión y toma de decisiones. Proponer cambios en los procedimientos con el fin de garantizar la adopción oportuna de medidas correctivas para hacer frente a los problemas detectados en una etapa temprana. Asegurarse de que la supervisión macroprudencial se utilizará adecuadamente en el proceso de supervisión micro. Fecha: finales de octubre de 2012. 
 15. Adoptar la legislación para el establecimiento y funcionamiento del banco malo, a fin de que esté plenamente operativo en noviembre de 2012. Fecha. otoño de 2012. 
 16. Someter a consulta con los interesados mejoras en el registro de crédito. Fecha: finales de octubre de 2012 
 17. Elaborar propuestas para el fortalecimiento de las entidades no bancarias de intermediación financiera. Fecha: mediados de noviembre de 2012. 
 18. Proponer medidas para fortalecer las normas de los órganos rectores de las cajas de ahorros e introducir requisitos de incompatibilidad con respecto a los órganos de gobierno de las cajas de ahorros y bancos comerciales controlados por ellas. Las cajas podrían verse obligadas a deshacer sus posiciones de control en la banca comercial española. Fecha: finales de noviembre de 2012. 
 19. Ofrecer una hoja de ruta con el fin de que las entidades financieras que hayan recibido ayudas salgan a Bolsa. Fecha: finales de noviembre de 2012. 
 20. Preparar la legislación para aclarar el papel de las cajas de ahorros en su calidad de accionistas de las entidades de crédito. Proponer medidas para fortalecer las normas de idoneidad para los órganos rectores de las cajas de ahorros e introducir requisitos de incompatibilidad con respecto a los órganos rectores de los antiguos bancos de ahorro y los bancos comerciales controlados por ellos. Fecha: finales de noviembre de 2012 

 21. Las entidades presentarán una hoja estandarizada con las ayudas del Estado o con las necesidades de capital que resultarán de los test de estrés. Fecha: a partir de diciembre 2012 
 22. Presentar un documento sobre la modificación de la estructura de aprovisionamiento si los Reales Decretos 2/2012 y 18/2012 dejaran de aplicarse. Fecha: mediados de diciembre 2012 
 23. Los bancos del Grupo 3 que planeen una ampliación de capital significativa, es decir, que corresponde a más del 2% de los activos ponderados por riesgo, tendrán que emitir los denominados CoCos (bonos contingentes convertibles) de manera preventiva dentro de su plan de recapitalización para cumplir con los requisitos de capital. Fecha: finales diciembre de 2012 
 24. Transferencia de competencias: se transfiere el poder de sancionar y licenciar desde el Ministerio de Economía al Banco de España. Fecha: a finales de diciembre de 2012 

 25. Exigir que las instituciones de crédito revisen y, si es necesario, preparen y ejecuten estrategias de contingencia de cara al posible deterioro de sus activos. Fecha: finales de diciembre de 2012 
 26. Exigir a todas las instituciones de crédito cumplir el ratio del 9% de tier1 (Core Capital). Fecha: 01 de enero 2013 
 27. Examen de los acuerdos de gobernanza del FROB y asegurarse que los banqueros en activo no son miembros de los órganos de gobiernos del FROB. Fecha: 01 de enero 2013 
 28. Revisión de los problemas de concentración de crédito y transacciones con partes relacionadas. Fecha: a mediados de enero 2013 
 29. Proponer una legislación específica para limitar la venta por parte de los bancos de instrumentos de deuda subordinada a inversores no cualificados y mejorar sustancialmente el proceso de venta de cualquier instrumento que no esté cubierto por el FGD de cara a clientes minoristas. Fecha: para finales de febrero de 2013 
 30. Modificar la legislación para la mejora del registro de los créditos. Fecha: finales de marzo de 2013 
 31. Recaudar capital para limitar el porcentaje de los activos de riesgo al 2%. Fecha: finales de junio de 2013 
 32. Los bancos del Grupo 3 (recapitalizados con CoCos) deberán presentar planes de restructuración. Fecha: finales de junio de 2013
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